LUC

Artículo 46. Regulación prudencial

La Comisión emitirá lineamientos de regulación prudencial que las uniones deben seguir para asegurar su solvencia y adecuada operación. Este artículo establece un marco para la supervisión.

regulacion prudencialcomisionuniones de credito

Texto Legal

La Comisión emitirá lineamientos mínimos de regulación prudencial a los que deberán sujetarse las uniones, en temas tales como procesos crediticios, calificación de cartera crediticia, coeficientes de liquidez, administración integral de riesgos, controles internos y aquellos otros que juzgue convenientes para proveer la solvencia financiera y la adecuada operación de las uniones.

La Comisión determinará mediante disposiciones técnicas y operativas de carácter general, las bases para la calificación de la cartera de créditos de las uniones, la documentación e información que éstas recabarán para el otorgamiento, renovación y durante la vigencia de créditos de cualquier naturaleza, con o sin garantía real, los requisitos que dicha documentación habrá de reunir y la periodicidad con que deba obtenerse, así como la integración de las estimaciones preventivas, que por cada rango de calificación tengan que constituirse, buscando asegurar la solvencia y estabilidad de las uniones y la confiabilidad de su información financiera.

Las uniones deberán cumplir con las disposiciones generales de carácter prudencial que emita la Comisión en términos de lo previsto en este artículo.

LEY DE UNIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las uniones deben estar preparadas para cumplir con los lineamientos de regulación prudencial que emita la Comisión. Esto es vital para mantener su operatividad y evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LUC?

La Comisión emitirá lineamientos de regulación prudencial que las uniones deben seguir para asegurar su solvencia y adecuada operación. Este artículo establece un marco para la supervisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Uniones de Crédito?

Las uniones deben estar preparadas para cumplir con los lineamientos de regulación prudencial que emita la Comisión. Esto es vital para mantener su operatividad y evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 46 del LUC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 46 LUC desde tu celular