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Artículo 2. Leyes Supletorias Aplicables

Define jerarquia de leyes supletorias: leyes mercantiles especiales, Codigo de Comercio, y legislacion civil estatal. Establece orden de aplicacion para vacios legales.

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Texto Legal

Son de aplicación supletoria a la presente Ley, en el orden en que se indica:

I. Las leyes mercantiles especiales;

II. El Código de Comercio, y

III. La legislación civil de la Entidad Federativa donde se realicen los actos jurídicos a que se refiere esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Importante para abogados que redacten contratos de credito garantizado. Permite resolver conflictos legales aplicando primero leyes mercantiles especiales, luego codigo de comercio, y finalmente derecho civil del estado donde ocurra el acto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del 256?

Define jerarquia de leyes supletorias: leyes mercantiles especiales, Codigo de Comercio, y legislacion civil estatal. Establece orden de aplicacion para vacios legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Transparencia y de Fomento a la Competen...?

Importante para abogados que redacten contratos de credito garantizado. Permite resolver conflictos legales aplicando primero leyes mercantiles especiales, luego codigo de comercio, y finalmente derecho civil del estado donde ocurra el acto.

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