Establece que en lo no previsto en esta Ley se aplicaran supletoriamente el Codigo Fiscal de la Federacion y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La Secretaria interpreta administrativamente esta Ley.
En lo no previsto en esta Ley se aplicarán supletoriamente el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La interpretación de esta Ley para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría por conducto de la Tesorería.
TÍTULO SEGUNDO DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Clave para saber donde buscar respuestas cuando la Ley es silenciosa. La interpretacion administrativa de la Secretaria tiene peso legal considerable, por lo que debe monitorearse sus circulares y criterios.
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Art. 3. Relacion directa Tesoreria Auxiliares
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