LSP

Artículo 10. Reglamentación Constitucional

La Ley de Sistemas de Pagos es reglamentaria del artículo 28 de la Constitución, lo que le otorga un marco legal sólido. Esto resalta la importancia de la regulación en el sistema financiero.

reglamentacionconstitucionsistemas de pagos

Texto Legal

La presente Ley es reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo lo relativo a las facultades del Banco de México en materia de regulación de la intermediación y servicios financieros, contando tal autoridad con las atribuciones necesarias para emitirla y proveer a su observancia.

CAPÍTULO II Irrevocabilidad y validez de las Órdenes de Transferencia Aceptadas y de las obligaciones que deriven de ellas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo subraya la importancia constitucional de la ley. Los profesionales deben entender cómo se relaciona esta ley con las disposiciones constitucionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LSP?

La Ley de Sistemas de Pagos es reglamentaria del artículo 28 de la Constitución, lo que le otorga un marco legal sólido. Esto resalta la importancia de la regulación en el sistema financiero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Sistemas de Pagos?

Este artículo subraya la importancia constitucional de la ley. Los profesionales deben entender cómo se relaciona esta ley con las disposiciones constitucionales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 10 del LSP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 10 LSP desde tu celular