La Ley de Sistemas de Pagos es reglamentaria del artículo 28 de la Constitución, lo que le otorga un marco legal sólido. Esto resalta la importancia de la regulación en el sistema financiero.
La presente Ley es reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo lo relativo a las facultades del Banco de México en materia de regulación de la intermediación y servicios financieros, contando tal autoridad con las atribuciones necesarias para emitirla y proveer a su observancia.
CAPÍTULO II Irrevocabilidad y validez de las Órdenes de Transferencia Aceptadas y de las obligaciones que deriven de ellas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo subraya la importancia constitucional de la ley. Los profesionales deben entender cómo se relaciona esta ley con las disposiciones constitucionales.
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