La Ley de Sistemas de Pagos busca asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, estableciendo la irrevocabilidad de las órdenes de transferencia y su compensación. También se aplica a las garantías y actos relacionados con las obligaciones de pago generadas por estas órdenes.
La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos que la propia Ley señala, al establecer, para los efectos previstos en este ordenamiento, el carácter definitivo e irrevocable de las órdenes de transferencia y de la compensación y liquidación derivados de éstas, que se procesen a través de dichos sistemas, incluyendo los relacionados con operaciones con valores.
Las disposiciones de esta Ley aplicarán igualmente a las garantías y demás actos que los participantes en los sistemas de pagos previstos en ella, otorguen o celebren para el debido cumplimiento de las obligaciones de pago que se generen por las órdenes de transferencia que se cursen a través de dichos sistemas.
Asimismo, la presente Ley será aplicable a las operaciones que celebre el Banco de México en términos del artículo 7, fracciones I y II de su ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo establece el marco fundamental de la ley, resaltando la importancia de la irrevocabilidad en las transacciones. Es esencial para los contadores y abogados entender cómo se aplican estas disposiciones en la práctica.
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