Define Seguridad Nacional como acciones para mantener integridad, estabilidad y permanencia del Estado, incluyendo proteccion frente a amenazas, soberania, orden constitucional, unidad federal y democracia. Establece seis objetivos fundamentales.
Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a:
I. La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;
II. La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;
LEY DE SEGURIDAD NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;
IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y
VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es la definicion legal nuclear de toda la ley. Contadores y abogados deben memorizarla pues cualquier interpretacion de acciones de seguridad nacional debe alinearse con estos seis elementos. Fundamenta la legitimidad de operaciones posteriores.
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