Otorga la Condecoración al Merito Naval de Segunda Clase por efectuar los mismos actos de la primera clase pero procediendo por órdenes superiores. Diferencia por criterio procedimental.
La de Segunda Clase se otorga por efectuar alguno de los actos expresados en el artículo anterior, procediendo por órdenes superiores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procedimental que establece diferenciacion entre clases basada en iniciativa (espontaneo vs ordenado). Util para administradores en evaluacion de personal, pero no introduce criterios substantivos nuevos.
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Art. 24. Merito Naval Primera Clase Actos
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Art. 26. Especificaciones Condecoración Merito Naval
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