La Secretaria de la Funcion Publica designa Comisario Publico Propietario y Suplente ante la Junta, independiente del organo de control interno.
Para la vigilancia y control de la Comisión Nacional, la Secretaría de la Función Pública designará un Comisario Público Propietario y uno Suplente, quienes actuarán ante la Junta, independientemente del órgano de control interno a que se refiere este Capítulo. Artículo reformado DOF 09-04-2012
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Control externo critico: Comisario de Funcion Publica supervisa independientemente del Contralor Interno. Reformado en 2012. Importantes para auditoria: dos organos de control (interno y externo) deben coordinarse. Comisario reporta hallazgos de transparencia y corrupcion.
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