LPDUSF

Artículo 15. Reparacion de daños por revelacion de secreto

Obliga a Comision Nacional y sus servidores a reparar daños y perjuicios por revelacion de secreto bancario, fiduciario o bursátil conforme legislacion aplicable.

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Texto Legal

La Comisión Nacional y sus servidores públicos, según sea el caso, estarán obligados a reparar los daños y perjuicios que se causen en caso de revelación del secreto bancario, fiduciario o bursátil, en términos de la legislación aplicable.

CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proporciona recurso de indemnizacion para usuarios afectados por violacion de confidencialidad. Combina con articulos 13 y 14 para crear sistema integral de proteccion. Demanda debe dirigirse contra Comision con base en legislacion de responsabilidad civil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LPDUSF?

Obliga a Comision Nacional y sus servidores a reparar daños y perjuicios por revelacion de secreto bancario, fiduciario o bursátil conforme legislacion aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servi...?

Proporciona recurso de indemnizacion para usuarios afectados por violacion de confidencialidad. Combina con articulos 13 y 14 para crear sistema integral de proteccion. Demanda debe dirigirse contra Comision con base en legislacion de responsabilidad civil.

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