LPEAM

Artículo 22. Comunicacion de Alertamiento aereo a autoridades

El Centro comunica alertamiento aereo cuando no puede determinar la identidad de una traza, cuando se detecta vuelo no autorizado o cuando autoridades extranjeras reportan vuelos no autorizados o clandestinos hacia Mexico. Esto activa protocolos de comunicacion interinstitucional.

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Texto Legal

El Centro comunicará el Alertamiento aéreo a las autoridades competentes bajo las siguientes circunstancias:

I. Cuando no le es posible determinar la identidad de una traza de interés;

II. Cuando los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano comunique al Centro la existencia de un vuelo no autorizado, y

III. Cuando una autoridad extranjera comparta información relacionada con un vuelo no autorizado o clandestino con dirección al espacio aéreo nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece los umbrales para escalar a alertamiento aereo, lo que implica movilizacion de recursos de seguridad. Los operadores deben mantener identificacion clara de sus vuelos y comunicacion constante con servicios de navegacion para evitar ser clasificados como traza de interes. La clausula de informacion extranjera es relevante para operaciones transfronterizas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LPEAM?

El Centro comunica alertamiento aereo cuando no puede determinar la identidad de una traza, cuando se detecta vuelo no autorizado o cuando autoridades extranjeras reportan vuelos no autorizados o clandestinos hacia Mexico. Esto activa protocolos de comunicacion interinstitucional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano?

Este articulo establece los umbrales para escalar a alertamiento aereo, lo que implica movilizacion de recursos de seguridad. Los operadores deben mantener identificacion clara de sus vuelos y comunicacion constante con servicios de navegacion para evitar ser clasificados como traza de interes. La clausula de informacion extranjera es relevante para operaciones transfronterizas.

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