LPTE

Artículo 87. Pagina de Internet publica de informacion

La Secretaría debe mantener una plataforma digital con todos los reportes y documentos exigidos por esta Ley, con apoyo del Instituto Nacional de Electricidad y Energias Limpias.

transparencia digitalacceso a informacionpublicacion de datos

Texto Legal

La Secretaría, con apoyo del Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, debe elaborar y desarrollar una página de Internet que incluya los reportes y documentos requeridos en la presente Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo asegura acceso publico a informacion sobre transicion energetica. Los asesores pueden acceder a estos datos para fundamentar analisis de cumplimiento normativo y benchmarking sectorial de eficiencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 87 del LPTE?

La Secretaría debe mantener una plataforma digital con todos los reportes y documentos exigidos por esta Ley, con apoyo del Instituto Nacional de Electricidad y Energias Limpias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 87 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Este articulo asegura acceso publico a informacion sobre transicion energetica. Los asesores pueden acceder a estos datos para fundamentar analisis de cumplimiento normativo y benchmarking sectorial de eficiencia.

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