Los licitantes o contratistas que infrinjan la ley serán sancionados con multas que varían entre 50 y 3000 veces el valor de la UMA diaria. Las sanciones se aplicarán según la gravedad de la infracción.
Los licitantes, cotizantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados por la Secretaría con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta tres mil veces el valor de la UMA diaria vigente elevada al mes, en la fecha de la infracción. Artículo reformado DOF 28-05-2009, 16-04-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los contratistas conozcan las posibles sanciones por infracciones para evitar consecuencias económicas. Se recomienda realizar auditorías internas para asegurar el cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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