La Secretaría podrá verificar que las obras se realicen conforme a la ley, realizando visitas e inspecciones a las dependencias y solicitando información a los involucrados.
La Secretaría en el ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables.
La Secretaría podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen obras públicas y servicios relacionados con las mismas, e igualmente podrá solicitar a las personas servidoras públicas y a los contratistas que participen en ellos, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Artículo reformado DOF 28-05-2009, 16-04-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las verificaciones son una herramienta clave para asegurar el cumplimiento normativo. Las dependencias deben estar preparadas para facilitar la información requerida durante estas inspecciones.
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