LOPSRM

Artículo 73. Recursos para la ejecucion

Las dependencias y entidades deben prever todos los recursos necesarios para la ejecución de los trabajos de acuerdo a los proyectos y especificaciones técnicas. Esto incluye recursos humanos, técnicos, materiales y económicos.

recursosejecucionproyectos

Texto Legal

La dependencia o entidad deberá prever y proveer todos los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos necesarios para que la ejecución de los trabajos se realice de conformidad con lo previsto en los proyectos, planos y especificaciones técnicas; los programas de ejecución y suministro y los procedimientos para llevarlos a cabo. Artículo reformado DOF 16-04-2025

TÍTULO QUINTO DE LA PLATAFORMA Título reubicado DOF 28-05-2009 (antes Título Sexto). Denominación reformada DOF 16-04-2025

CAPÍTULO ÚNICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La adecuada previsión de recursos es fundamental para evitar retrasos en la ejecución de obras. Se recomienda realizar un análisis exhaustivo de los recursos disponibles antes de iniciar cualquier proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del LOPSRM?

Las dependencias y entidades deben prever todos los recursos necesarios para la ejecución de los trabajos de acuerdo a los proyectos y especificaciones técnicas. Esto incluye recursos humanos, técnicos, materiales y económicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados ...?

La adecuada previsión de recursos es fundamental para evitar retrasos en la ejecución de obras. Se recomienda realizar un análisis exhaustivo de los recursos disponibles antes de iniciar cualquier proyecto.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 73 del LOPSRM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 73 LOPSRM desde tu celular