LNCM

Artículo 75. Mantenimiento de equipos de salvamento

Las entidades que mantengan equipos de salvamento deben cumplir con requisitos internacionales y normas oficiales, y están sujetas a certificación e inspección.

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Texto Legal

Las personas físicas o morales que se dediquen a dar mantenimiento a balsas salvavidas, dispositivos de salvamento, equipos contra incendio y material similar, deberán cumplir con los requisitos internacionales y con las normas oficiales mexicanas que se emitan de conformidad con el reglamento respectivo. Asimismo serán, sujetos de la certificación e inspección en los términos de este capítulo.

CAPÍTULO VII PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN MARINA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas que ofrecen mantenimiento de equipos de salvamento deben estar al tanto de las normativas para evitar sanciones. La certificación es clave para operar legalmente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del LNCM?

Las entidades que mantengan equipos de salvamento deben cumplir con requisitos internacionales y normas oficiales, y están sujetas a certificación e inspección.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Las empresas que ofrecen mantenimiento de equipos de salvamento deben estar al tanto de las normativas para evitar sanciones. La certificación es clave para operar legalmente.

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