Establece obligacion de autoridades federales, estatales y municipales de proporcionar informes y certificaciones que solicite la Secretaria para cumplir sus funciones.
Las autoridades federales están obligadas a proporcionar a la Secretaría los informes y certificaciones que ésta les solicite para cumplir con las funciones que esta Ley le encomienda. En el caso de las autoridades estatales y municipales, la Secretaría les solicitará estos informes y certificaciones, con respeto a sus respectivas competencias, cuando las requiera para el cumplimiento de sus funciones materia de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta norma facilita la verificacion de antecedentes pero requiere que la SRE respete competencias estatales. En practicas comunes, es util conocer que se pueden solicitar antecedentes penales o registros civiles a traves de este mecanismo.
Anterior
Art. 4. Facultad SRE exigir pruebas adicionales
Siguiente
Art. 6. Presuncion adquisicion nacionalidad extranjera
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo