Todo migrante tiene derecho a ser asistido legalmente durante el procedimiento administrativo migratorio. El Instituto debe facilitar el acceso a servicios de asesoría y representación legal.
Todo migrante tiene derecho a ser asistido o representado legalmente por la persona que designe durante el procedimiento administrativo migratorio. El Instituto podrá celebrar los convenios de colaboración que se requieran y establecerá facilidades para que las organizaciones de la sociedad civil ofrezcan servicios de asesoría y representación legal a los migrantes en situación migratoria irregular a quienes se les haya iniciado un procedimiento administrativo migratorio.
Durante el procedimiento administrativo migratorio los migrantes tendrán derecho al debido proceso que consiste en que el procedimiento sea sustanciado por autoridad competente; el derecho a ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga, a tener acceso a las constancias del expediente administrativo migratorio; a contar con un traductor o intérprete para facilitar la comunicación, en caso de que no hable o no entienda el español y a que las resoluciones de la autoridad estén debidamente fundadas y motivadas.
El Instituto deberá incorporar la perspectiva de género en el procedimiento administrativo migratorio, así como en sus resoluciones.
LEY DE MIGRACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Párrafo adicionado DOF 15-01-2026
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La asistencia legal es esencial para proteger los derechos de los migrantes. Las organizaciones de la sociedad civil pueden ser aliadas importantes en este proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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