LMigra

Artículo 161. Sanciones a servidores publicos corruptos

Establece penas de cuatro a ocho anos de prision y multa de quinientos a mil dias de salario minimo para servidores publicos que auxilien, encubran o induzcan violaciones de la Ley de Migracion con fines de lucro. Criminaliza la corrupcion administrativa en materia migratoria.

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Texto Legal

Al servidor público que auxilie, encubra o induzca a cualquier persona a violar las disposiciones contenidas en la presente Ley, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro en dinero o en especie, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y multa de quinientos hasta un mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para entender las responsabilidades penales de funcionarios migratorios. La exigencia de lucro directo o indirecto es un elemento constitutivo clave que los abogados deben probar. Recomendamos revisar la jurisprudencia sobre que constituye 'lucro en especie' para casos especificos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del LMigra?

Establece penas de cuatro a ocho anos de prision y multa de quinientos a mil dias de salario minimo para servidores publicos que auxilien, encubran o induzcan violaciones de la Ley de Migracion con fines de lucro. Criminaliza la corrupcion administrativa en materia migratoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la LEY de Migración?

Este articulo es fundamental para entender las responsabilidades penales de funcionarios migratorios. La exigencia de lucro directo o indirecto es un elemento constitutivo clave que los abogados deben probar. Recomendamos revisar la jurisprudencia sobre que constituye 'lucro en especie' para casos especificos.

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