LINS

Artículo 28. Consejo Tecnico de Administracion y Programacion

Cada Instituto cuenta con un consejo tecnico de administracion y programacion presidido por el director general, integrado por titulares de diversas areas y un secretario tecnico designado por el director.

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Texto Legal

Cada uno de los Institutos contará con un consejo técnico de administración y programación, como órgano de coordinación para incrementar su eficacia.

Los consejos técnicos de administración y programación se integrarán por el director general del Instituto de que se trate, quien lo presidirá, por los titulares de las diversas áreas del Instituto y contarán con un secretario técnico designado por el director general.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es el organo coordinador interno de nivel operativo. A diferencia del consejo asesor externo, este es completamente interno y enfocado en eficacia administrativa. El secretario tecnico es clave para mantener registros y seguimiento de acuerdos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LINS?

Cada Instituto cuenta con un consejo tecnico de administracion y programacion presidido por el director general, integrado por titulares de diversas areas y un secretario tecnico designado por el director.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud?

Este es el organo coordinador interno de nivel operativo. A diferencia del consejo asesor externo, este es completamente interno y enfocado en eficacia administrativa. El secretario tecnico es clave para mantener registros y seguimiento de acuerdos.

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