La Secretaria de Turismo debe impulsar participacion de adultos mayores en actividades turisticas, promover recreacion con tarifas preferentes y suscribir convenios para acceso especial a centros culturales y de entretenimiento.
Corresponde a la Secretaría de Turismo:
I. Impulsar la participación de las personas adultas mayores en actividades de atención al turismo, particularmente las que se refieren al rescate y transmisión de la cultura y de la historia;
II. Promover actividades de recreación turística con tarifas preferentes, diseñadas para personas adultas mayores, y
III. Promover y, en su caso suscribir, en coordinación con la secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública y de Cultura, convenios con las empresas del ramo turístico para ofrecer tarifas especiales o gratuitas en los centros públicos o privados de entretenimiento, recreación, cultura y deporte, hospedajes en hoteles y centros turísticos. LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Fracción reformada DOF 17-12-2015
TÍTULO QUINTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
CAPÍTULO I DE SU NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo de fomento que coordina multiples secretarias. Genera beneficios tributarios potenciales para empresas del ramo que otorguen tarifas preferentes a adultos mayores.
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