LGN

Artículo 88. Solicitud datos adicionales Senado

El Senado puede solicitar datos adicionales del informe dentro de quince dias habiles, requiriendo respuesta en igual plazo.

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Texto Legal

El Senado de la República podrá solicitar al Ejecutivo Federal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación del informe, datos adicionales a sus rubros legales, los cuales deberán remitirse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación del requerimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proporciona mecanismo de control parlamentario efectivo pero con plazos cortos (15 dias). Abogados interesados en datos especificos sobre Guardia Nacional pueden presionar al Senado para que ejerza esta facultad, generando informacion publica y justificada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 88 del LGN?

El Senado puede solicitar datos adicionales del informe dentro de quince dias habiles, requiriendo respuesta en igual plazo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 88 de la LEY de la Guardia Nacional?

Proporciona mecanismo de control parlamentario efectivo pero con plazos cortos (15 dias). Abogados interesados en datos especificos sobre Guardia Nacional pueden presionar al Senado para que ejerza esta facultad, generando informacion publica y justificada.

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