LEPECFE

Artículo 28. Acceso a informacion consejera

Los consejeros pueden solicitar informacion necesaria para tomar decisiones a traves de la Direccion General, entregable conforme a plazos determinados por el propio Consejo.

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Texto Legal

Las personas consejeras del Consejo de Administración, conforme a las reglas que éste emita, pueden solicitar, a través de la persona titular de la Dirección General, la información necesaria para la toma de decisiones en el ejercicio de sus funciones, esta información debe ser entregada o puesta a disposición en los plazos que determine el propio Consejo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mecanismo de transparencia interna que requiere definicion de plazos razonables en reglamento. Sugiere sistemas de documentacion eficientes para cumplir solicitudes de consejeros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LEPECFE?

Los consejeros pueden solicitar informacion necesaria para tomar decisiones a traves de la Direccion General, entregable conforme a plazos determinados por el propio Consejo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Mecanismo de transparencia interna que requiere definicion de plazos razonables en reglamento. Sugiere sistemas de documentacion eficientes para cumplir solicitudes de consejeros.

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