La CFE debe implementar medidas de debida diligencia para verificar informacion de terceros con quienes celebre acuerdos comerciales, incluyendo sus politicas de etica e integridad y riesgos de corrupcion. Esto garantiza la prevencion y mitigacion de riesgos en operaciones comerciales.
La Comisión Federal de Electricidad y sus empresas filiales, deben establecer e implementar medidas de debida diligencia en los negocios o acuerdos comerciales con terceros para verificar la información de aquellos con los que mantengan o pretendan celebrar algún acuerdo comercial, con el propósito de conocer sus políticas en materia de ética e integridad, los riesgos de corrupción relacionados con los mismos, así como las medidas que se requieran adoptar para prevenir y mitigar esos riesgos. TÍTULO QUINTO TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para el compliance de la CFE. Los contadores deben documentar los procesos de verificacion de terceros en sus registros de negociacion comercial y auditoria. Implementar matrices de riesgo de corrupcion en cada acuerdo es practica recomendada para evitar sanciones.
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