LCNDH

Artículo 12. Incompatibilidad de cargos del Presidente

El Presidente, Visitadores Generales y Secretario Ejecutivo no pueden desempenar simultaneamente otro cargo publico, privado o ejercer profesion, excepto actividades academicas.

incompatibilidaddedicacion exclusivaconflicto de interesactividades academicas

Texto Legal

Las funciones del Presidente de la Comisión Nacional, de los Visitadores Generales y de la Secretaría Ejecutiva, son incompatibles con el desempeño de cualquier otro cargo, empleo o comisión de la Federación, los Estados, Municipios o en organismos privados, o con el desempeño de su profesión, exceptuando las actividades académicas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La excepcion para actividades academicas permite que directivos mantengan vınculo con universidades. Esto es importante pues muchos directivos de CNDH provienen de medio academico con continuidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LCNDH?

El Presidente, Visitadores Generales y Secretario Ejecutivo no pueden desempenar simultaneamente otro cargo publico, privado o ejercer profesion, excepto actividades academicas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Hum...?

La excepcion para actividades academicas permite que directivos mantengan vınculo con universidades. Esto es importante pues muchos directivos de CNDH provienen de medio academico con continuidad.

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