LISF

Artículo 281. Fianzas ante Autoridades Judiciales

Las fianzas otorgadas ante autoridades judiciales se harán efectivas a elección de los acreedores. Este artículo detalla los procedimientos para su exigibilidad durante los procesos judiciales.

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Texto Legal

Las fianzas que se otorguen ante autoridades judiciales, que no sean del orden penal, se harán efectivas a elección de los acreedores de la obligación principal, siguiendo los procedimientos establecidos en los artículos 279 y 280 de la presente Ley.

Para el caso de que se hagan exigibles las fianzas señaladas en el párrafo anterior, durante la tramitación de los procesos en los que hayan sido exhibidas, el acreedor de la obligación principal podrá iniciar un incidente para su pago, ante la propia autoridad judicial que conozca del proceso de que se

LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

trate, en los términos del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. En este supuesto, al escrito incidental se acompañarán los documentos que justifiquen la exigibilidad de la obligación garantizada por la fianza. Párrafo reformado DOF 14-11-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La exigibilidad de fianzas en procesos judiciales requiere un manejo cuidadoso. Los abogados deben estar atentos a los plazos y procedimientos para garantizar que los derechos de los acreedores sean protegidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 281 del LISF?

Las fianzas otorgadas ante autoridades judiciales se harán efectivas a elección de los acreedores. Este artículo detalla los procedimientos para su exigibilidad durante los procesos judiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 281 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

La exigibilidad de fianzas en procesos judiciales requiere un manejo cuidadoso. Los abogados deben estar atentos a los plazos y procedimientos para garantizar que los derechos de los acreedores sean protegidos.

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