La enajenación de bienes se llevará a cabo mediante subasta o licitación, con plazos establecidos para la publicación de convocatorias. Se busca asegurar la participación adecuada de interesados.
La enajenación de los bienes se llevará a cabo a través de procedimientos de subasta o licitación, en los que podrán participar personas físicas o morales que reúnan los requisitos de elegibilidad previstos en la convocatoria y en las bases del proceso respectivo.
La subasta o licitación deberá realizarse dentro de un plazo no menor a diez días ni mayor de ciento ochenta días a partir de la fecha en que se publique la convocatoria. Artículo adicionado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los plazos para la subasta son críticos; los contadores deben asegurarse de que se cumplan para evitar retrasos en la recuperación de activos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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