LIC

Artículo 147. Definicion de resolucion de institucion bancaria

Resolucion es el conjunto de acciones o procedimientos de autoridades financieras para instituciones con problemas de solvencia o liquidez, procurando liquidacion ordenada o rehabilitacion en proteccion del publico ahorrador y estabilidad del sistema.

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Texto Legal

Para efectos de esta Ley, por resolución de una institución de banca múltiple debe entenderse el conjunto de acciones o procedimientos implementados por las autoridades financieras competentes respecto de una institución de banca múltiple que experimente problemas de solvencia o liquidez que afecten su viabilidad financiera, a fin de procurar su liquidación ordenada y expedita o, excepcionalmente, su rehabilitación, en protección de los intereses del público ahorrador, de la estabilidad del sistema financiero y del buen funcionamiento del sistema de pagos. Artículo adicionado DOF 06-07-2006. Reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta es una definicion fundamental del marco de resolucion. Los conceptos de solvencia, liquidez y viabilidad financiera son elementos determinantes que reguladores usaran para iniciar procedimientos de resolucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 147 del LIC?

Resolucion es el conjunto de acciones o procedimientos de autoridades financieras para instituciones con problemas de solvencia o liquidez, procurando liquidacion ordenada o rehabilitacion en proteccion del publico ahorrador y estabilidad del sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 147 de la LEY de Instituciones de Crédito?

Esta es una definicion fundamental del marco de resolucion. Los conceptos de solvencia, liquidez y viabilidad financiera son elementos determinantes que reguladores usaran para iniciar procedimientos de resolucion.

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