La CNBV puede emplear diversos medios de apremio incluyendo amonestacion, multas y auxilio de fuerza publica para hacer cumplir sus determinaciones. Las autoridades judiciales y de seguridad deben prestar apoyo expedito a la CNBV.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el ejercicio de las facultades a que se refiere esta ley, podrá señalar la forma y términos en que se deberá dar cumplimiento a sus requerimientos.
Asimismo, la citada Comisión, para hacer cumplir sus determinaciones respecto a los sujetos regulados por la presente ley, podrá emplear, indistintamente, los siguientes medios de apremio:
I. Amonestación con apercibimiento;
II. Multa de 2,000 a 5,000 días de salario;
III. Multa adicional de 100 días de salario por cada día que persista la infracción, y
IV. El auxilio de la fuerza pública.
Si fuera insuficiente el apremio, se podrá solicitar a la autoridad competente se proceda contra el rebelde por desobediencia a un mandato legítimo de autoridad competente.
LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Para efectos de este artículo, las autoridades judiciales o ministeriales federales y los cuerpos de seguridad o policiales federales o locales deberán prestar en forma expedita el apoyo que solicite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
En los casos de cuerpos de seguridad pública de las entidades federativas o de los municipios, el apoyo se solicitará en los términos de los ordenamientos que regulan la seguridad pública o, en su caso, de conformidad con los acuerdos de colaboración administrativa que se tengan celebrados con la Federación. Artículo reformado DOF 01-02-2008, 25-06-2009, 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece el poder coercitivo de la CNBV con multas de 2,000 a 5,000 dias de salario minimo, lo cual representa una sancion significativa. Es crucial que las instituciones de credito entiendan que el incumplimiento puede escalar a procedimientos judiciales por desobediencia.
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