LIH

Artículo 2. Ingresos del Estado

El Estado percibirá ingresos por actividades de exploración y extracción de hidrocarburos a través de contratos y asignaciones. Estos ingresos son excepcionales a las reglas de concentración de la Ley de Ingresos de la Federación.

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Texto Legal

Sin perjuicio de las demás obligaciones fiscales de los Contratistas y Asignatarios, el Estado Mexicano percibirá ingresos por las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos conforme a lo siguiente:

LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Por Contrato, las Contraprestaciones establecidas a favor del Estado en cada Contrato de conformidad con esta Ley;

II. Por Asignación, el derecho a que se refiere el Título Tercero de esta Ley; Fracción reformada DOF 18-03-2025

III. El impuesto sobre la renta que causen los Contratistas por las actividades que realicen en virtud de un Contrato, de acuerdo con la naturaleza del Contratista, así como por las actividades que realicen los Participantes de Asignaciones para Desarrollo Mixto, y Fracción reformada DOF 18-03-2025

IV. Por Área Unificada, los que correspondan respectivamente, de conformidad con las fracciones anteriores. Fracción adicionada DOF 18-03-2025

Los ingresos a que se refieren las fracciones I, II y, en su caso, IV de este artículo deben ser recibidos por el Fondo Mexicano del Petróleo, conforme a lo señalado en esta Ley, en cada Contrato y en las demás disposiciones aplicables. Dichos ingresos se exceptúan de las reglas de concentración contenidas en la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate y demás disposiciones jurídicas aplicables. Párrafo reformado DOF 18-03-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo detalla las fuentes de ingresos del Estado, lo que es vital para la planificación fiscal de los contratistas. Asegúrese de que los contratos reflejen adecuadamente estas obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LIH?

El Estado percibirá ingresos por actividades de exploración y extracción de hidrocarburos a través de contratos y asignaciones. Estos ingresos son excepcionales a las reglas de concentración de la Ley de Ingresos de la Federación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos?

Este artículo detalla las fuentes de ingresos del Estado, lo que es vital para la planificación fiscal de los contratistas. Asegúrese de que los contratos reflejen adecuadamente estas obligaciones.

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