Se establece que los Contratistas solo podrán reconocer el saldo pendiente por depreciar de bienes utilizados en otros contratos. Esto limita la deducción de costos en contratos múltiples.
Cuando los Contratistas utilicen bienes que hubieren sido deducidos parcial o totalmente en otro Contrato o Asignación, sólo se pueden reconocer para efectos del Contrato el saldo pendiente por depreciar de los bienes que correspondan a dicho Contrato en términos de los lineamientos que al respecto emita la Secretaría. Artículo reformado DOF 18-03-2025
LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los contadores revisen los saldos de depreciación de los bienes utilizados en diferentes contratos para evitar problemas de deducción. La correcta identificación de estos saldos puede optimizar la carga fiscal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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