LICal_010720

Artículo 84. Controversias en Estándares

Las controversias en la elaboracion de Estándares seran atendidas por la Secretaría, lo que permite un canal de resolución de conflictos. Esto es esencial para mantener la integridad del proceso de normalizacion.

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Texto Legal

Las controversias y demás cuestiones que surjan en el proceso de elaboración de los Estándares serán atendidas por la Secretaría, ya sea por si, o a través de las instancias y demás medios que se definan en el Reglamento de esta Ley. Entre esas instancias, podrá preverse la constitución de una asociación civil integrada por los Organismos Nacionales de Estandarización y demás sujetos facultados para estandarizar, cuya integración, funcionamiento, alcances y operación estará previsto en el Reglamento de esta Ley y que estará sujeta a la supervisión de la Secretaría.

Capítulo III De las Aclaraciones, Modificaciones y Cancelación de los Estándares

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La existencia de un mecanismo para resolver controversias es clave para la estabilidad del sistema. Los profesionales deben estar preparados para asesorar a sus clientes en caso de disputas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LICal_010720?

Las controversias en la elaboracion de Estándares seran atendidas por la Secretaría, lo que permite un canal de resolución de conflictos. Esto es esencial para mantener la integridad del proceso de normalizacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

La existencia de un mecanismo para resolver controversias es clave para la estabilidad del sistema. Los profesionales deben estar preparados para asesorar a sus clientes en caso de disputas.

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