LICal_010720

Artículo 54. Requisitos para acreditacion de organismos de evaluacion

Requiere que organismos soliciten acreditacion ante Entidad de Acreditacion acompañando estatutos con objeto social claro, descripcion de servicios y normas a evaluar, y demostracion de capacidad tecnica, administrativa y financiera.

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Texto Legal

Solo podrán operar como Organismos de Evaluación de la Conformidad aquéllos que estén acreditados ante una Entidad de Acreditación, para lo cual deberán formular ante la misma su solicitud, y acompañar:

I. Sus estatutos sociales, con un objeto social suficiente para operar como Organismos de Evaluación de la Conformidad, así como su propuesta de actividades;

II. Señalar el objeto, las Normas Oficiales Mexicanas y, en su caso, los Estándares y Normas Internacionales, u otras disposiciones legales que pretenden evaluar, indicando la materia, sector, rama, campo o actividad respectivos y describir los servicios que pretenden prestar y los procedimientos a utilizar, y

III. Demostrar que cuentan con la adecuada capacidad jurídica, técnica, administrativa, financiera, material y humana, en relación con los servicios que pretende prestar, así como con los procedimientos de gestión de calidad y técnicos, que garanticen el desempeño de sus funciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La acreditacion ante Entidad de Acreditacion es requisito previo obligatorio. Luego requiere aprobacion separada de la Autoridad Normalizadora para cada norma especifica que vaya a evaluar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LICal_010720?

Requiere que organismos soliciten acreditacion ante Entidad de Acreditacion acompañando estatutos con objeto social claro, descripcion de servicios y normas a evaluar, y demostracion de capacidad tecnica, administrativa y financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

La acreditacion ante Entidad de Acreditacion es requisito previo obligatorio. Luego requiere aprobacion separada de la Autoridad Normalizadora para cada norma especifica que vaya a evaluar.

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