LICal_010720

Artículo 114. Procedimiento para designacion de Instituto Designado de Metrologia

Consejo Directivo del CNM, con visto bueno de la Secretaria, publica procedimiento para designacion de entes publicos como Institutos Designados. Procedimiento debe prever aprobacion previa de entidad publica solicitante.

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Texto Legal

El Consejo Directivo del Centro Nacional de Metrología, con el visto bueno de la Secretaría solicitará la publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad, del procedimiento para la designación de una entidad pública como Instituto Designado de Metrología. Ese procedimiento deberá prever que, en todo caso, será necesario contar con la aprobación previa de la entidad pública de que se trate.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Procedimiento administrativo. Si representa ente publico interesado en obtener designacion, revise convocatorias publicadas en DOF y plataforma tecnologica, y requiera aprobacion de su institucion previamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LICal_010720?

Consejo Directivo del CNM, con visto bueno de la Secretaria, publica procedimiento para designacion de entes publicos como Institutos Designados. Procedimiento debe prever aprobacion previa de entidad publica solicitante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

Procedimiento administrativo. Si representa ente publico interesado en obtener designacion, revise convocatorias publicadas en DOF y plataforma tecnologica, y requiera aprobacion de su institucion previamente.

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