Gobierno Federal por SAGARPA puede celebrar convenios con Entidades Federativas para que estas ejerzan funciones de cumplimiento de la Ley conforme a facultades concurrentes constitucionales.
En los términos de la fracción VII del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno Federal, por conducto de la SAGARPA, podrá celebrar convenios con las Entidades Federativas, a efecto de que éstas ejerzan las funciones que se acuerden para el cumplimiento de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Habilita descentralizacion de funciones a estados. Fondos localizados en estados con convenios pueden experimentar regulacion o supervision compartida. Recomendamos verificar si su estado cuenta con convenio activo con SAGARPA y los terminos de coordinacion.
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