LFAAR

Artículo 49. Limitaciones de los Organismos Integradores

Los Organismos Integradores no pueden afiliar a personas físicas ni realizar operaciones de seguros directamente. Esta limitación es importante para mantener el enfoque de sus funciones.

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Texto Legal

Los Organismos Integradores no podrán afiliar a personas físicas, ni realizar operaciones de seguros directamente o por interpósita persona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los Organismos Integradores comprendan sus limitaciones para evitar sanciones. La asesoría legal puede ayudar a clarificar estas restricciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del LFAAR?

Los Organismos Integradores no pueden afiliar a personas físicas ni realizar operaciones de seguros directamente. Esta limitación es importante para mantener el enfoque de sus funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y R...?

Es fundamental que los Organismos Integradores comprendan sus limitaciones para evitar sanciones. La asesoría legal puede ayudar a clarificar estas restricciones.

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