Establece definiciones de persona beneficiaria, Padrón Unico, Comision y otras terminos relevantes para la aplicacion de la Ley.
Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Persona beneficiaria: Persona (s) física (s) o moral (es) que realice (n) actividades económicas, que cumplan con sus obligaciones regulatorias y fiscales; LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-01-2020 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Ley: Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana;
III. Comisión: La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria a que se refiere la Ley General de Mejora Regulatoria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, que estará a cargo, en términos de la presente Ley, de la implementación de políticas y programas en materia administrativa, que generen un entorno de confianza ciudadana para el impulso de la actividad económica, así como de la operación y administración del Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana;
IV. Padrón: Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana;
V. Reglamento: El Reglamento de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, y
VI. Secretaría: Secretaría de Economía.
CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y OBJETO DEL PADRÓN ÚNICO DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo definitorio esencial. La definicion de 'persona beneficiaria' requiere cumplimiento de obligaciones regulatorias y fiscales, lo que es requisito previo para cualquier inscripcion. Revisar cuidadosamente cada termino.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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