Ley que regula el uso de firma electronica avanzada, expedicion de certificados digitales y homologacion con otros ordenamientos. Establece el marco legal para actos previstos en la normativa.
La presente Ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular:
I. El uso de la firma electrónica avanzada en los actos previstos en esta Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas;
II. Los servicios relacionados con la firma electrónica avanzada, y
III. La homologación de la firma electrónica avanzada con las firmas electrónicas avanzadas reguladas por otros ordenamientos legales, en los términos establecidos en esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para entender el alcance territorial y material de la ley. Los asesores deben notar que la homologacion internacional de firmas es un objetivo clave para operaciones transfronterizas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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