36_200521

Artículo 8. Proteccion persecucion politica

Se niega extradicion cuando persona puede ser perseguida politicamente o cuando fue esclavo en pais donde se comete delito.

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Texto Legal

En ningún caso se concederá la extradición de personas que puedan ser objeto de persecución política del Estado solicitante, o cuando el reclamado haya tenido la condición de esclavo en el país en donde se cometió el delito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Refleja principios internacionales de proteccion contra persecucion politica. Clausula sobre esclavitud es historica. Requiere evaluacion casuistica de riesgo politico, no solo declaracion estatal. Complementa articulo 10bis sobre tortura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del 36_200521?

Se niega extradicion cuando persona puede ser perseguida politicamente o cuando fue esclavo en pais donde se comete delito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Extradición Internacional?

Refleja principios internacionales de proteccion contra persecucion politica. Clausula sobre esclavitud es historica. Requiere evaluacion casuistica de riesgo politico, no solo declaracion estatal. Complementa articulo 10bis sobre tortura.

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