La Direccion y Rectoria establecera mecanismos adecuados para evaluar permanentemente los resultados del proceso educativo. Asegura monitoreo continuo de calidad y efectividad.
La Dirección y Rectoría establecerá los mecanismos adecuados para evaluar permanentemente los resultados del proceso educativo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo demanda un sistema de evaluacion continua, no puntual. Las instituciones deben establecer mecanismos documentados y reportar resultados regularmente para demostrar cumplimiento.
Anterior
Art. 25. Normas para Evaluacion Institucional
Siguiente
Art. 27. Objetivos de Evaluacion Educativa
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo