El Programa Anual de Capacitacion de Guardia Nacional se ajusta a lineamientos del Programa Rector de Profesionalizacion del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica; personal debe completar capacitacion obligatoria conforme leyes y reglamentos.
El Programa Anual de Capacitación de la Guardia Nacional, se ajustará en lo conducente a los lineamientos del Programa Rector de Profesionalización emitido por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El programa de capacitación y profesionalización de la Guardia Nacional, determinará los cursos que deban realizarse para conformar la ruta profesional del personal de dicha fuerza de seguridad pública.
El personal de la Guardia Nacional deberá completar su capacitación y profesionalización policial correspondiente de manera obligatoria, de conformidad con las leyes, reglamentos, manuales y demás disposiciones relativas. Artículo adicionado DOF 16-07-2025
SECCIÓN SEGUNDA DE LA PLANEACIÓN INSTITUCIONAL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo adicionado en reforma 2025, esencial para Guardia Nacional. Crea obligacion de cumplimiento de Programa Rector externo (SESNSP) y define rutas profesionales obligatorias; critico para auditar cumplimiento de capacitacion en GN.
Anterior
Art. 19. Planes de estudio y modalidades educativas
Siguiente
Art. 20. Planeacion Institucional por Autoridades
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo