Desde su alta en el servicio activo, todo personal esta obligado a cumplir deberes navales segun su jerarquia y cargo. Establece obligacion general que fundamenta responsabilidad disciplinaria.
El personal, desde su alta en el servicio activo de la Armada, está obligado a cumplir con los deberes navales que le imponga su situación como miembro de la institución, de acuerdo con su jerarquía y con el cargo o comisión que desempeñe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es la base para cualquier procedimiento disciplinario. Establece que la obligacion existe desde el primer dia; util para resolver conflictos sobre si una persona realmente estaba vinculada a la institucion en el momento de la falta.
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Art. 8. Limites de Disciplina Firme y Razonada
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