Establece que la disciplina se encauza mediante medidas preventivas para conservarla y correctivos disciplinarios para restablecerla cuando ha sido quebrantada. Constituye la base conceptual del sistema disciplinario naval.
Los medios para encauzar la disciplina son las medidas preventivas y los correctivos disciplinarios; las primeras se utilizan para conservarla, mantenerla y vigorizarla; los segundos para restablecerla cuando ha sido quebrantada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental pues define la estructura dual del sistema disciplinario. Para efectos practicos, separa la prevencion (educacion) de la sancion (castigo), lo que es relevante al determinar el tipo de accion a tomar ante una conducta inadecuada.
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Art. 40. Otorgamiento y documentacion de estimulos
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