Los convenios de deuda deben ser entregados a la comisión legislativa bicameral para su análisis inmediato, especialmente si hay un alto nivel de endeudamiento.
La totalidad de los convenios que se suscriban por parte de la Federación con los Estados, así como los que incluyan a los Municipios que se encuentren en un nivel de endeudamiento elevado, según el Sistema de Alertas, deberán ser entregados a la comisión legislativa bicameral de manera inmediata, sin exceder de diez días hábiles posteriores a su formalización, a través de los representantes designados. Lo anterior, para informar sobre las estrategias de ajuste que se prevean en los convenios respectivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La entrega oportuna de convenios es crucial para la supervisión legislativa. Los estados deben asegurarse de que toda la documentación esté completa y precisa.
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Art. 38. Análisis de estrategia de ajuste
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Art. 40. Evaluación de cumplimiento de obligaciones
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