LDFEFM

Artículo 12. Adeudos del Ejercicio Anterior

Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior pueden ser hasta el 2% de los ingresos totales de la Entidad Federativa, garantizando el cumplimiento de obligaciones previas.

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Texto Legal

Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior, previstos en el proyecto de Presupuesto de Egresos, podrán ser hasta por el 2 por ciento de los Ingresos totales de la respectiva Entidad Federativa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo permite a las Entidades manejar adeudos de manera controlada. Los contadores deben asegurarse de que se respeten los límites establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LDFEFM?

Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior pueden ser hasta el 2% de los ingresos totales de la Entidad Federativa, garantizando el cumplimiento de obligaciones previas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Disciplina Financiera de las Entidades F...?

Este artículo permite a las Entidades manejar adeudos de manera controlada. Los contadores deben asegurarse de que se respeten los límites establecidos.

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