Obliga a quien recibe arresto a comunicar al superior inmediato y quien lo impuso, el inicio y termino del cumplimiento. Generales, Jefes y Oficiales por escrito; Tropa verbalmente.
El que haya recibido orden de arresto, deberá comunicar al superior de quien dependa así como al que se la impuso, el inicio y término de su cumplimiento. Los Generales, Jefes y Oficiales lo harán por escrito y la Tropa de forma verbal. Artículo adicionado DOF 10-12-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta obligacion de notificacion es procedimiento administrativo que crea un registro del cumplimiento. Para el personal administrativo es importante mantener documentacion escrita (para oficialidad) y verbal (para tropa) para trazabilidad disciplinaria.
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