Queda prohibido dar ordenes cuya ejecucion constituya delito; tanto quien expide como quien cumple son responsables conforme a Codigo de Justicia Militar.
Queda estrictamente prohibido al militar dar órdenes cuya ejecución constituya un delito; el militar que las expida y el subalterno que las cumpla, serán responsables conforme al Código de Justicia Militar. Artículo reformado DOF 11-12-1995
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo critico: rechaza defensa de 'obediencia ciega'. Ambos superior y subalterno responsables de cumplimiento de orden delictiva. Fundamental para derechos humanos militares. Limita impunidad de superiores por ordenes criminales.
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