LDSCA

Artículo 98. Financiamiento Tripartita del CICTCANA

Se crea un fondo con aportaciones conjuntas de Gobierno Federal, Industriales y Organizaciones para viabilizar el CICTCAÑA, sujeto a terminos y lineamientos establecidos por el Comite Nacional.

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Texto Legal

Para darle viabilidad al CICTCAÑA se creará un fondo con aportaciones tripartitas, del Gobierno Federal, de los Industriales y de las Organizaciones en los términos, lineamientos y reglamentación que acuerde el Comité Nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es clave para empresas azucareras pues define su participacion financiera obligatoria. Los contadores deben registrar estas aportaciones como gastos de investigacion tecnologica. Verifique los lineamientos especificos del Comite Nacional para determinar porcentajes y mecanismos de contribucion aplicables a cada contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LDSCA?

Se crea un fondo con aportaciones conjuntas de Gobierno Federal, Industriales y Organizaciones para viabilizar el CICTCAÑA, sujeto a terminos y lineamientos establecidos por el Comite Nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Este articulo es clave para empresas azucareras pues define su participacion financiera obligatoria. Los contadores deben registrar estas aportaciones como gastos de investigacion tecnologica. Verifique los lineamientos especificos del Comite Nacional para determinar porcentajes y mecanismos de contribucion aplicables a cada contribuyente.

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