Abastecedores e industriales pueden acordar modificaciones al sistema de pago cuando caña se use para productos distintos al azucar, previo acuerdo, aprobacion Comite Nacional y Secretaria Economia.
En virtud de la diversificación productiva que pueda darse en esta agroindustria, por mutuo acuerdo de los Abastecedores de Caña y los Industriales de un Ingenio específico, podrán acordar modificaciones o la sustitución del sistema de pago contemplado en el artículo anterior, cuando la caña se utilice para obtener bienes distintos al azúcar, previa aprobación del Comité Nacional y la sanción de la Secretaría de Economía.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Abre oportunidad para esquemas alternativos en biocombustibles o coproductos. Requiere triple autorizacion: voluntad partes, Comite Nacional y Secretaria Economia. Utiles para negociaciones estrategicas en cañas de baja rentabilidad.
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Art. 58. Calculo de Precio con Base en Azucar Recuperable
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