LDSCA

Artículo 143. Inhibitorias de tribunales y competencia

Si la Junta Permanente recibe inhibitoria de tribunal judicial u organo arbitral, debe comunicar su decision sobre la competencia en plazo maximo de tres dias habiles.

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Texto Legal

Cuando la Junta Permanente reciba inhibitoria de tribunal judicial u órgano arbitral en que se promueva sobre la competencia y considerase debido sostener la suya, en un plazo no mayor a tres días hábiles lo comunicará así al competidor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es procedimental pero critico para evitar conflictos de competencia. Una inhibitoria recibida requiere respuesta rapida; documenta todos los comunicados con tribunales para establecer cronologia clara.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 143 del LDSCA?

Si la Junta Permanente recibe inhibitoria de tribunal judicial u organo arbitral, debe comunicar su decision sobre la competencia en plazo maximo de tres dias habiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 143 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Este articulo es procedimental pero critico para evitar conflictos de competencia. Una inhibitoria recibida requiere respuesta rapida; documenta todos los comunicados con tribunales para establecer cronologia clara.

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