Si la Junta Permanente recibe inhibitoria de tribunal judicial u organo arbitral, debe comunicar su decision sobre la competencia en plazo maximo de tres dias habiles.
Cuando la Junta Permanente reciba inhibitoria de tribunal judicial u órgano arbitral en que se promueva sobre la competencia y considerase debido sostener la suya, en un plazo no mayor a tres días hábiles lo comunicará así al competidor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es procedimental pero critico para evitar conflictos de competencia. Una inhibitoria recibida requiere respuesta rapida; documenta todos los comunicados con tribunales para establecer cronologia clara.
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Art. 142. Aclaraciones de demandas y plazos
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Art. 144. Acreditacion de personalidad ante junta
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