La Junta Permanente tiene competencia para conocer controversias entre abastecedores de cana, entre estos e industriales, o entre industriales, derivadas de aplicacion de esta Ley, contrato y disposiciones relativas.
La Junta Permanente tendrá competencia para conocer de las controversias surgidas entre Abastecedores de Caña de azúcar, de éstos con los Industriales o entre estos últimos, derivadas de la aplicación de la presente Ley, el Contrato y de las demás disposiciones relativas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave que delimita jurisdiccion material de la Junta. Cubre tres tipos de partes y fundamenta competencia en fuentes normativas (Ley, Contrato, disposiciones). Es el fundamento para impugnar por falta de competencia.
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